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Las Instituciones de Inversión Colectiva son instrumentos financieros supervisados y regulados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, lo cual ofrece una protección adicional al inversor.

En general, la legislación controla dos aspectos básicos de la inversión: los activos en los que se invierte y el riesgo.

En el art. 36 del Reglamento de la Ley 35/2003 de las IIC se detalla el universo de activos aptos para la inversión, siendo éstos los pertenecientes a mercados regulados, de países de la OCDE y con liquidez. Al mismo tiempo, también se permite el uso de instrumentos derivados. Para activos que no cumplen estos requisitos, las sicavs disponen de un 10% del patrimonio de libre disposición, donde se incluyen, entre otros, los Hedge Funds.

En cuanto al riesgo, la ley en sus artículos 38, 39 Y 40 del Reglamento de la Ley 35/2003 de las IIC impone unos límites de inversión para controlar:

- La concentración por emisor
- La inversión en instrumentos derivados
- La liquidez
Para ampliar la información, consulte en la web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el apartado de Legislación (www.cnmv.es).
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